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El motivo del archivo fue el que se señala en el art. 324.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que nos dice que la investigación judicial se desarrollará en un plazo de 12 meses.
Nos dice el mismo Auto que lo pueden consultar a continuación pulsando en DESCARGAR o en AUTO DE SOBRESEIMIENTO, que vencido este plazo no es posible hacer más diligencias de investigación, por lo que se deberá dictar una resolución en base a las pruebas que se hayan practicado hasta ese momento.
El resultado fue el siguiente: «la instrucción practicada hasta la fecha ha resultado insuficiente para ratificar los indicios que dieron lugar a la incoación de la causa, por lo que lo procedente es el sobreseimiento de las actuaciones.»

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